IV. La información de los movimientos de ingresos y egresos, que deberán contener, en el caso de egresos, el monto, beneficiario, concepto, fecha, folio, institución bancaria y funcionario que lo autoriza.
En el caso de ingresos, el número de entero, monto, concepto, contribuyente y fecha. Además, la relación de las cuentas bancarias productivas específicas en las cuales se depositaron los recursos federales transferidos por cualquier concepto, durante el ejercicio. Las cuentas bancarias a que se refiere el párrafo anterior se harán del conocimiento previo a la Tesorería de la Federación, para el efecto de la radicación de los recursos.
| INGRESOS | EGRESOS |
| Enero |
Enero |
| Febrero | Febrero |
| Marzo | Marzo |
| Abril | Abril |
| Mayo | Mayo |
| Junio | Junio |
| Julio | Julio |
| Agosto |
Agosto |
| Septiembre | Septiémbre |
| Octubre | Octubre |
| Noviembre | Noviembre |
| Diciembre |
Diciembre |
CUENTAS BANCARIAS VIGENTES AL MES DE NOVIEMBRE
CUENTAS BANCARIAS AL MES DE DICIEMBRE
